EL GOBIERNO PUBLICA UNA MORATORIA CONTRA EL SECTOR DE LAS RENOVABLES

El día 28 de Enero de 2012, el Gobierno Español aprobó y publicó una moratoria "temporal" que afecta a todo el sector de las energías renovables, y especialmente al sector fotovoltaico.

Este decreto confirma la SUSPENSIÓN de las primas de las instalaciones renovables de generación, y por tanto supone un duro golpe para todo el sector. La medida confirma así mismo la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución y a la supresión de los incentivos económicos para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de cogeneración, fuentes de energía renovables y residuos. 1_1289982768

Se trata de una medida  temporal, que sustenta y defiende el Gobierno ante el Déficit de Tarifa con el que España cuenta acumulado que asciende a 24.000 millones de euros.

 Esta medida no afecta a las instalaciones que ya tienen concedida la pre-asignación.

 

¿A quién afecta este Decreto?

A todas las instalaciones que todavía no han sido inscritas en el registro de preasignación de régimen especial en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley, y a las instalaciones de régimen ordinario que a la fecha de entrada en vigor de la norma no tuvieran autorización administrativa otorgada por la Dirección General de Política Energética y Minas.

Las tecnologías afectadas son las acogidas al régimen especial: la eólica, solar fotovoltaica, termosolar, cogeneración, biomasa, biogás, minihidráulica y de residuos, al igual que a las instalaciones de régimen ordinario de tecnologías asimilables a las incluidas en el régimen especial.

Asimismo, aquellas instalaciones en trámite que no estuvieran inscritas en el prerregistro en el momento de entrada en vigor de la norma tienen la posibilidad de desistir de su solicitud de inscripción en el registro de preasignación, en cuyo caso se les devolverán íntegramente los avales depositados. También se devolverán los avales a aquellas instalaciones inscritas en los prerregistros que, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la norma, opten por no llevar a cabo la ejecución de la instalación.

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